El desconocido derecho de voto de los ciudadanos europeos en España

En este país residen 1.780.698 ciudadanos europeos con derecho a elegir y ser elegidos en elecciones municipales y europeas. Sin embargo, apenas el 25% ejerce dicho derecho por razones tan sencillas como la complicación del trámite o la mera falta de información. Este año, para más emoción, coinciden en fecha, el próximo 26 de mayo.

Esta publicación ha podido comprobar con 10 ciudadanos europeos procedentes de Italia, Francia y Reino Unido que el conocimiento de tal derecho es muy escaso pues solo 3 de estas personas eran conscientes del proceso a seguir. ¿Las razones? La campaña del Ministerio de Interior es muy tímida, las comunicaciones vía correo postal no son eficientes y el plazo para ser elector terminó muy lejos de la fecha electoral, el pasado 30 de enero.

¿Cómo ser elector?

La Oficina del Censo Electoral (OCE) ha enviado 575.072 notificaciones por correo postal a los EUmovers (europeos residentes en España) que aún no se han pronunciado sobre su voluntad de votar en España para las elecciones europeas, y 575.072 a aquellos que tampoco lo han hecho sobre las elecciones municipales. Ambas son independientes y reversibles. Se puede decidir votar en locales y no en europeas desde aquí y viceversa.

El plazo para expresar dicha voluntad terminó el pasado 30 de enero de 2019 porque, además de estar empadronado en el ayuntamiento de turno, el interesado debe inscribirse en el Censo Electoral de Residentes Extranjeros (CERE).

Tres opciones

1-De forma telemática: para realizar la declaración formal por internet es necesario que el ciudadano disponga de su Número de Identificación de Extranjero (NIE). Los interesados deberán acceder al trámite “Inscripción en el Censo Electoral de los extranjeros residentes en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo de 2019” de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística, acreditar su identidad mediante un certificado electrónico asociado al NIE y marcar la opción de manifestación de voluntad de voto. Quienes no dispongan de certificado electrónico y hayan recibido la comunicación de la OCE con la clave CTT, podrán realizar la declaración formal acreditando su identidad con el NIE y la CTT recibida.

2- Por correo postal: los ciudadanos que reciban las notificaciones de la OCE y deseen inscribirse en el CERE podrán hacerlo rellenando la declaración formal contenida en la misma, firmarla y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, por correo postal que no necesita franqueo, es decir, sin coste alguno para el interesado.

3-En el ayuntamiento: también se podrá acudir al ayuntamiento en el que se esté empadronado y solicitar cumplimentar el documento necesario para el trámite. Se trata del impreso de declaración formal (modelo DFA).

 

Nacionalidades más numerosas

La mayoría de ciudadanos europeos residentes en España son de nacionalidad rumana, británica e italiana. Pero este pódium no solo corresponde al número de residentes, sino que se repite en el número de electores, es decir, aquellos EUmovers que están inscritos en el padrón municipal y en el censo electoral.

 

 

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